En el examen único cada vez más son los contenidos que se toman con perspectiva de género, que tenemos que incluir en nuestra práctica como profesionales de la salud. La Ley de Identidad de Género (26.743) permite que las personas trans (travestis, transexuales y transgéneros) puedan ser inscritas en sus documentos personales con el nombre y el género de elección, además de ordenar que todos los tratamientos médicos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio, lo que garantiza una cobertura de las prácticas en todo el sistema de salud, tanto público como privado.